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sábado, 23 noviembre, 2024
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Los datos personales y las nuevas tecnologías

Por: Manuel Martínez Martínez – Socio Departamento Legal de Ad&Law

Decían en la película Enemigo público que "la única privacidad que queda es la que está en nuestras mentes". Esta es una de esas frases que fuera del mundo del Cine pueden considerarse exageradas si bien es cierto que la privacidad comienza a ser, cada día, algo más complejo de mantener. Por ejemplo, me aventuro a asegurar que todos hemos recibido en alguna ocasión un email, un mensaje de texto o una llamada de alguna empresa ofreciéndonos un producto o servicio; al recibirlo hemos pensado: "¿Por qué esta empresa contacta conmigo? ¿Cómo ha obtenido mis datos?".

Sin intención de resultar alarmista, me atrevo también a asegurar que pocos ciudadanos son conscientes del riesgo que conlleva el uso de sus datos personales ni de quién dispone de ellos; mucho menos podemos saber con qué finalidad son tratados. La aparición de Internet y el fenómeno de las redes sociales han incrementado el intercambio de datos personales entre empresas, organismos y particulares. ¿Cuántos de nosotros consumimos estas herramientas sin ni siquiera plantearnos leer las condiciones de uso? ¿Cuántos de nosotros damos, en un simple click y desde el más absoluto desconocimiento, permiso para que incluso se comercialice con ellos?
La buena noticia es que existen leyes que permiten a los ciudadanos preservar sus derechos ante un uso ilegítimo de sus datos personales. La "Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal" y el "Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo" de la antedicha Ley garantizan y protegen las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, especialmente su honor e intimidad personal y familiar. Estas Normas otorgan a los afectados, en el caso de que sean personas físicas, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Estos son derechos personalísimos que un afectado puede ejercitar frente a los responsables del tratamiento, que suelen ser aquellas empresas o particulares que usan los datos personales de terceros. Así mismo, es nuestro país contamos con la figura de la Agencia Española de Protección de Datos, un ente de derecho público con plena capacidad pública y privada.
La otra cara de la moneda la encontramos en las empresas que en ocasiones limitan la protección de datos a añadir un texto tras la firma en sus correos electrónicos. Sin embargo, muchas empresas de nueva creación, principalmente con base tecnológica que operan a través de la Red, llegan a cometer irregularidades motivadas no siempre por la mala fe, sino más bien por el desconocimiento de la responsabilidad legal que tienen ante su usuario final. Y es que las empresas no deben olvidar que la protección de datos y las nuevas tecnologías están estrechamente vinculadas; tanto es así que hay infracciones que pueden acarrear una sanción de hasta 600.000€.
Es importante que los ciudadanos tomemos conciencia de la importancia del uso de nuestros datos personales y de salvaguardarnos del peligro que implica que estos sean recabados y utilizados para otros fines ilegítimos. Si además de ciudadanos somos también internautas, estamos mucho más expuestos. En el caso de las empresas, y más para aquellas que actúan en el ámbito de Internet, es primordial incorporar a tiempo una adecuada protección de datos a su gestión. Porque como dijo Séneca, "Cuando se está en medio de las adversidades, ya es tarde para ser cauto".
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