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domingo, 24 noviembre, 2024
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NUEVO REGLAMENTO DE PROTOCOLO MUNICIPAL

Alfonso Yagüe García (*)

El Pleno del Ayuntamiento de Yecla aprobaba por unanimidad el pasado 5 de diciembre de 2022 el nuevo Reglamento Municipal de Protocolo, Ceremonial, Honores y Distinciones. Una vez superado un prolongado y laborioso proceso, y tras los plazos legales de publicación, entraba en vigor el pasado 31 de marzo (día en el que se publicó el texto íntegro en el BORM).

Hay que recordar que desde el año 2005 se contaba ya con un Reglamento que ha servido para regular tanto la ordenación y organización de los actos institucionales como el procedimiento a seguir a la hora de conceder una serie de honores y distinciones.

Después de diecisiete años de permanencia, este Reglamento precisaba una actualización. Por una parte, para recoger los cambios y actualizaciones en la normativa legal vigente. Y por otra parte, resultaba sensato adaptarnos a los cambios que la sociedad nos está demandando.

No podemos perder de vista nunca que toda normativa debe cumplir con los derechos y obligaciones que nos marca nuestra Constitución democrática de 1978, de la que emana la principal normativa protocolaria de este país, el Real Decreto Precedencias del Estado de 1983

Esta nueva normativa asentó algunos de los pilares fundamentales del procedimiento a seguir el protocolo moderno en España. Establecía la prioridad de los cargos elegidos democráticamente sobre los cargos designados “a dedo”. Marcaba con nitidez que el organizador preside sus actos y toma decisiones sobre cómo quiere que se desarrollen. Al mismo tiempo que los usos y costumbres “inveteradas” (antiguas), pasan a tener un valor “legal”, sin olvidar que deben de convivir con las normativas protocolarias actuales. También da una prioridad a los residentes en un municipio frente a los cargos similares de otras ciudades, entre otros asuntos.

En base a estos pilares fundamentales, se establece un orden de precedencias que ha servido de referencia durante 40 años en todas las normativas protocolarias de las instituciones públicas. Y que también ha influido claramente en la organización de los actos del sector privado, pese a que no están legalmente obligados. Pero después de cuatro décadas, resulta necesario adaptar el Real Decreto de Precedencias a la verdadera realidad actual de la sociedad española. Mientras esto no suceda, los profesionales del protocolo tenemos la obligación de encontrar fórmulas flexibles que nos permitan solventar de forma razonada las nuevas situaciones que se nos presentan.

En el ámbito de las corporaciones municipales, se generan un elevado número de actos institucionales por lo que es conveniente disponer una normativa propia que regule la presencia de todos los asistentes. Desde la Corporación Municipal, hasta otras personalidades, entidades y asociaciones de la ciudad, complementando lo que establecen las normativas generales a nivel nacional o autonómico.

Con estos principios básicos, el nuevo Reglamento Municipal de Protocolo, describe el vigente escudo de la ciudad de Yecla, conforme establece el decreto 770/1976 de 18 de marzo. Es el único legalmente reconocido actualmente y mientras la Corporación Municipal no adopte otro acuerdo legal, es el que debemos de respetar. En ocasiones se produje la utilización inadecuada o abusiva de un símbolo que representa a toda la ciudad y no a los intereses de un sector específico. En todo caso, esta utilización fuera del ámbito municipal, debe disponer de oportuna autorización por parte del Ayuntamiento.

El nuevo reglamento también establece los criterios objetivos a seguir en asuntos como el hermanamiento entre ciudades, el nombramiento de Cronista Oficial, o la denominación de calles, plazas, edificios públicos y espacios urbanos. Se trata así de evitar el abuso de decisiones unilaterales y no convenientemente justificadas.

Por primera vez se ocupa del procedimiento a seguir en la celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento, con arreglo a lo dispuesto en el título IV del Código Civil. Recordemos que desde año 1994 una modificación del Código Civil autorizó la celebración del matrimonio civil por las alcaldías, o concejales en los que delegue.

También define y regula los regalos y obsequios institucionales, cuando la ocasión así lo demande, en momentos excepcionales, aplicando criterios de austeridad en el gasto y de transparencia pública.

Como novedad importante, incorpora una disposición sobre políticas de igualdad fijando el compromiso municipal del respeto a la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la organización y desarrollo de los actos institucionales, con sujeción a las prescripciones establecidas en la legislación vigente en la materia.

La experiencia adquirida con la aplicación del anterior Reglamento nos ha llevado a proponer la concesión de una mención honorifica especial, en base a merecimientos adquiridos por un acto singular y extraordinario a determinadas personas, asociaciones o entidades de la ciudad. También amplía a dos mil el número de firmas necesarias para solicitar la concesión de cualquier honor o distinción, con el propósito de que tengan mayor respaldo de la sociedad yeclana, acorde también con la importante dimensión que están adquiriendo las asociaciones locales.

Además, se proponen las acciones de condolencia durante los días de vigencia de luto oficial en la localidad y la regulación de la celebración de minutos de silencio como gesto de respeto y homenaje a una persona recientemente fallecida o como conmemoración de un acontecimiento trágico.  En esos momentos tan difíciles, disponer de una normativa que oriente sobre las actuaciones a adoptar según los casos, es una garantía de no tomar decisiones que responden más al impulso emotivo del momento que a la sensatez.

El nuevo reglamento también remarca en este sentido que cuando la Corporación Municipal decreta luto en la ciudad de Yecla, será esta la bandera que se bajará a media asta, en el exterior de los edificios municipales en señal de luto, pero que no se puede bajar la bandera de España o de la Región, si ese luto no está decretado por el Gobierno de España o el de la Región, según los casos. En este sentido conviene recordar que las banderas a media asta solo se pueden colocar en el exterior de los edificios públicos, previo acuerdo de la institución, y que nunca hay que colocar un crespón negro sobre la bandera. El crespón negro se reserva para las banderas situadas en el interior y siempre debe de colocarse en la moarra o parte superior del mástil.

El nuevo reglamento de protocolo municipal debe de adaptarse también a la evolución de los usos y las costumbres de la sociedad. En estos últimos años, la pandemia nos ha enseñado además que tenemos que pensar mucho más detenidamente cómo organizar los eventos. No solamente para cumplir las medidas de seguridad, y en especial las de tipo sanitarias, sino para aprovechar la aplicación de nuevas tecnologías en la difusión de los actos.  También debemos ser autocríticos y no organizar actos que no son necesarios, o no prolongarlos con sucesivos discursos reiterativos.

Las instituciones deben de reflexionar sobre la necesidad de la presencia de la propia Corporación en todos los actos. Por el contrario, debemos de seguir abriendo vías de participación de asociaciones y entidades de la ciudad.

En definitiva, el Ayuntamiento de Yecla dispone de una herramienta muy valiosa para su funcionamiento y sus relaciones con los ciudadanos. Ha sido posible gracias al asesoramiento de profesionales especializados en la materia, y el apoyo jurídico desde la Secretaría General del ayuntamiento. No puedo olvidar el agradecimiento por la colaboración y el apoyo de todos los grupos municipales, lo que ha posibilitado una normativa con un horizonte de razonable pervivencia.

Quisiera finalizar recordando las palabras de mi querido compañero y amigo Javier Carnicer, Jefe de Protocolo del Gobierno de Aragón, cuando afirmaba que “la misión principal del protocolo es construir espacios de entendimiento entre las personas y entre los pueblos”.  Nada más y nada menos. Entenderán, pues, porqué nos apasiona nuestra profesión y porqué estamos cansados de tantas afirmaciones gratuitas que evidencian un total desconocimiento de nuestro trabajo.

(*) Director de Comunicación y Protocolo del Ayuntamiento de Yecla. Socio de la Asociación Española de Protocolo y Miembro Fundador del Observatorio Profesional de Protocolo y Eventos.

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